A la Secretaría de Marina
corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I.-
Organizar, administrar y preparar la
Armada ;
II.-
Manejar el activo y las reservas de la Armada en todos sus aspectos;
III.-
Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la Armada ;
IV.-
Ejercer:
a.
La soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio;
b.
Vigilancia de las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones
que correspondan a otras dependencias, y
c.
Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los
instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica
Exclusiva.
V.-
Ejercer la autoridad para garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las
zonas marinas mexicanas, proteger el tráfico marítimo y salvaguardar la vida
humana en la mar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras
dependencias.
VI.-
Dirigir la educación pública naval;
VII.-
Ejercer funciones de policía marítima para mantener el estado de derecho en las
zonas marinas mexicanas;
VII
bis.- Llevar a cabo la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas marinas
mexicanas de conformidad con las normas nacionales e internacionales, en su caso,
en coordinación con las demás autoridades competentes;
VIII.-
Inspeccionar los servicios de la
Armada ;
I.-
Organizar, administrar y preparar la
Armada ;
II.-
Manejar el activo y las reservas de la Armada en todos sus aspectos;
III.-
Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros de la Armada ;
IV.-
Ejercer:
a.
La soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio;
b.
Vigilancia de las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones
que correspondan a otras dependencias, y
c.
Las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los
instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica
Exclusiva.
V.-
Ejercer la autoridad para garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las
zonas marinas mexicanas, proteger el tráfico marítimo y salvaguardar la vida
humana en la mar, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras
dependencias.
VI.-
Dirigir la educación pública naval;
VII.-
Ejercer funciones de policía marítima para mantener el estado de derecho en las
zonas marinas mexicanas;
VII
bis.- Llevar a cabo la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas
marinas mexicanas de conformidad con las normas nacionales e internacionales,
en su caso, en coordinación con las demás autoridades competentes;
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